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mayo  3, 2024

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El retorno al “ajuste” por “índices” en el precio del alquiler para vivienda

Por Sebastian Moreno Fleming

“Vamos a hablar de la más visceral de sus cláusulas, adorada y temida en igual medida: el “ajuste” del precio de alquiler. El artículo 14 de la ley 27.551 incorpora al Código Civil y Comercial: “Ajustes. En los contratos de locación de inmuebles destinados a uso habitacional, el precio del alquiler debe fijarse como valor único y por períodos mensuales, sobre el cual solo pueden realizarse ajustes anuales. (…). A los fines dispuestos en el párrafo anterior, los ajustes deben efectuarse utilizando un índice conformado por partes iguales por las variaciones mensuales del índice de precios al consumidor (IPC) y la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE), que debe ser elaborado y publicado mensualmente por el Banco Central de la República Argentina (BCRA)”.

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Términos mencionados en esta doctrina: alquiler, contratos, locación, inmuebles, artículo.

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